26 abril 2007

Derecho a participar y ser uruguayo

RICARDO CAPPELETTI - Analista

Desde tiempos inmemoriales el destierro se ha constituido en una pena de extrema crueldad para cualquier mortal. El hombre que es obligado a salir de su medio natural, en particular por circunstancias de carácter político o económico, pierde su pasado e identidad, haciéndose carne la sentencia de Eurípides quien desde la antigua Grecia advertía: "morirás exiliado, errante, lejos del suelo natal...".
En su "Diccionario Filosófico" de 1764 Voltaire decía que el destierro es una pena con la que se condena a los delincuentes o a los que se trata de que aparezcan como tales.
Concluía sobre el tormento que el destierro producía a los escritores del derecho de gentes, en relación a saber de un modo exacto si el ciudadano desterrado de su patria pertenecía aún a ella o se había convertido en apátrida.
Mucho más cercano en el tiempo el entrañable poeta y periodista argentino Juan Gelman nos ubica con maestría en el desgarrador destierro. Para el escritor, regresar a su patria fue el reencuentro con muchos vacíos. Advierte, "no quise hacer peregrinaciones, pero los desplazamientos obligados por las cosas que tuve que realizar me llevaron a visitar muchos lugares, cafés donde paré, el barrio donde crecí, el colegio secundario donde estudié. Pasé por el entorno donde vivía mi hijo con su mujer, que están desaparecidos. Las ausencias que más noté fueron las de la gente que ya no está, y también la mía en relación a esos años y a esa gente. Es como si se cerrara un círculo en el mismo punto donde empezó, y como si todos esos años que estuve en el exterior de pronto no hubieran existido".
Sustrayéndonos de las reflexiones de Gelman existe en el Uruguay una dramática realidad que tiene relación con los seiscientos mil compatriotas que vivimos fuera de nuestra tierra y que mayoritariamente debimos abandonar el país por circunstancias ajenas a nuestra voluntad. Léase falta de trabajo y de oportunidades para procurarnos una vida digna para nosotros y nuestros hijos o por persecución política, durante el período dictatorial.
En el entramado de derechos y obligaciones que cualquier ciudadano posee se cuenta el derecho a voto, representando esta una irrenunciable y preciada garantía que se vincula a la construcción de un destino, ojalá en la propia tierra que nos vio nacer.
Es sabida la actual existencia del "Departamento 20" en la órbita de la Cancillería, bajo la conducción del embajador Alvaro Portillo, que atiende y procurará atender en el futuro las necesidades de hermanos que despiertan cada mañana bajo el sol de Sydney, Toronto, Madrid, Santiago, Sao Paulo o Buenos Aires, entre otras ciudades del mundo. Bajo esta impronta existen también no menos de diez Consejos Consultivos integrados por uruguayos en el exterior que hacen a la confluencia de ciudadanos desprovistos de intereses político partidarios y que guardan relación con la necesidad de compartir patria ,fuera de sus límites geográficos.
La aprobación del derecho a voto para ciudadanos radicados en el exterior exige mayorías calificadas o especiales en ambas cámaras legislativas. Obliga también a pensar con grandeza de miras de parte de los señores legisladores, apartándose de intereses partidarios y atendiendo a las posibilidades económicas y necesidades de aquellos uruguayos radicados en los confines del mundo que deseen participar de elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales desde donde residen.
Huelga señalar que en el derecho comparado es de recibo el sufragio a través del correo físico o por vía consular.
Hoy sin embargo en América Latina, Uruguay y Chile, constituyen la excepción a la regla, como los dos únicos estados que no han resuelto tamaña materia pendiente.
Fuente: larepublica.com.uy

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