28 septiembre 2009




Jornada por el Voto Epistolar en Lanzarote


Este pasado viernes 25 de septiembre, la Asoc. de Uruguayos en Lanzarote se sumo al llamado que hace la Comisión por el Voto de los Uruguayos en el Exterior en la que invita a todos los colectivos de uruguayos por el mundo y en especial a las asociaciones existentes en el Estado español a realizar diferentes actividades de cara analizar y debatir la importancia del sufragio desde el exterior.


A la misma asistieron varios compatriotas que animaron la jornada con un debate enriquecedor y con alturas de miras.

Uno de los momentos más entrañables fue la participación del compañero HUGO SOSA, que interpreto para los presentes canciones uruguayas que emocionaron a los participantes.

Cabe recordar que nuestro país es uno de los pocos Estados Latinoamericanos que no reconoce el derecho al voto a sus ciudadanos en el exterior.
En este sentido el próximo domingo 25 de octubre del presente año se realizaran elecciones generales en nuestro país, oportunidad en la que se realizaran dos consultas plebiscitarias, la primera pretende saber la voluntad de la ciudadanía uruguaya en permitir o no el voto epistolar, en caso de resultar favorecido el SI permitirá que más de 600.000 compatriotas puedan participar desde el exterior en los actos electorales.
La otra consulta tiene que ver con la anulación o no de la Ley de Caducidad que impide llevar ante la justicia a los responsables de las graves violaciones a los DD.HH. que se cometieron durante dictadura militar uruguaya en el período 1972-1984.

Por ultimo, es importante que los gobiernos uruguayos y español ultimen los detalles tendientes a la suscripción de un acuerdo bilateral de reciprocidad, lo que posibilitara que mas de 40.000 españoles puedan votar en nuestro país y más de 50.000 uruguayos ejerzan el mismo derecho en las elecciones municipales en el estado español.


La Patria Compañeros - Hugo Sosa




24 septiembre 2009





Por la Nulidad de la Ley de Caducidad

El 25 de octubre votá la papeleta rosada.





Comisión Nacional por la Nulidad de la Ley de Caducidad

http://www.nulidadleycaducidad.org.uy






22 septiembre 2009



Prueba de Ausentismo en las Elecciones Nacionales de Uruguay



REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Ministerio de Relaciones Exteriores


Con respeto a la prueba de ausentismo durante los actos eleccionarios que se realizan en la República, la Dirección de Asuntos Consulares cumple en comunicar que se mantiene vigente el Decreto de la Corte Electoral del 28.01.89 que en su parte sustancial expresa que las personas que no puedan cumplir con la obligación de votar por hallarse ausentes del país, deberán justificar tal hecho a través de alguna de las siguientes formas:

A.- Mediante comparecencia personal ante la Oficina Consular uruguaya más próxima a su residencia temporaria, dentro de los veinte (20) días anteriores y dentro de los veinte (20) días posteriores a la elección, labrándose las actas correspondientes que los señores cónsules deberán remitir a la Corte Electoral dentro de los veinte (20) días siguientes a su expedición, entregando así mismo al interesado copia autenticada.

B.- Por constancia expedida por la Dirección Nacional de Migración en las que se acredite las fechas de su salida y de su regreso.

C.- Por la presentación del Pasaporte o fotocopia autenticada del mismo, en el que se acredite las fechas de salida y regreso al país.

D.- Por la presentación del documento de identificación y residencia permanente emitido por la autoridad competente del país de residencia.

E.- Por certificación que le expida la Oficina consular o Misión Diplomática uruguaya en el exterior, que acredite que el ciudadano tiene residencia permanente en el exterior al día del acto electoral. Para expedir tal certificación las Oficinas referidas requerirán la presentación del documento de identificación y residencia permanente o provisoria emitido por la autoridad competente del país de residencia ó otra prueba fehaciente de la residencia permanente o provisoria.

F.- Los funcionarios públicos que se encontrasen fuera del país el día de la elección, en cumplimiento de Misiones Oficiales, podrán justificar ese hecho mediante Certificado que les expida el organismo al que pertenezcan, donde conste tal circunstancia o por comunicación que remita el organismo directamente a la Corte Electoral.

Sin perjuicio de lo anterior se recuerda a todos los ciudadanos uruguayos que no participen en el acto eleccionario por encontrarse en el exterior, hayan comparecido al Consulado o no, deberán presentarse ante la Corte Electoral dentro de los treinta (30) días de su regreso a la Republica para justificar su ausentismo.

En relación a la situación especifica de los jubilados, el BPS informa que no se dejarán de servir las pasividades en consideración a que la Republica Oriental del Uruguay no reconoce el derecho a voto en el exterior.

Se agradece comunicar la presente entre los integrantes de la colectividad uruguaya en su jurisdicción.



Atentos saludos.

CARLOS FLANAGAN
EMBAJADOR
Director General para Asuntos Consulares y Vinculación.



Tenerife firma un convenio con la Intendencia de Canelones para la digitalización de fondos canarios en Uruguay




SANTA CRUZ DE TENERIFE, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -


El Organismo Autónomo de Museos y Centros (OAMC) del Cabildo de Tenerife, del que forma parte el Centro de Documentación de Canarias y América (Cedocam), colaborará con la Intendencia de Canelones en el rescate y la digitalización de los fondos generados por los canarios en Uruguay, tras la firma de un acuerdo.

El consejero y presidente del OAMC, Francisco García-Talavera y el director del Cedocam, Manuel Hernández informaron hoy de los detalles de este proyecto, cuyo objetivo consiste en mejorar el conocimiento de las relaciones culturales y de identidad entre Canarias y Uruguay. Hernández indicó que está previsto que el proyecto esté concluido a lo largo de 2010.

El máximo responsable de los museos del Cabildo, Francisco García-Talavera, explicó además que para desarrollar esta importante iniciativa trabaja un amplio equipo interdisciplinar, formado por profesores de la Universidad de la República de Uruguay, investigadores de la Intendencia de Canelones, la Sociedad Islas Canarias de Uruguay y profesores estudiosos en la fundación de Montevideo por parte de familias canarias.

En la Intendencia de Canelones, segunda región en población de Uruguay, será instalado un portal canario donde se recojan materiales fotográficos, documentales, artesanales, así como testimonios orales de los inmigrantes canarios y su huella cultural en esa región que lleva el nombre de Comuna Canaria por haber sido el principal destino de esa migración, esencialmente agrícola, que transformó el país y que aportó una contribución decisiva a su configuración.

Con este proyecto, también se digitalizarán todos los testimonios de la fundación de Montevideo, Canelones, Maldonado y otras localidades fundadas por los canarios, las publicaciones y documentos generados por la colonia canaria, a través de sus sociedades, los testimonios etnográficos y documentales de los inmigrantes y su impacto socio-cultural, así como la obra escrita de los canarios a lo largo de la historia de la República oriental del Uruguay.

Fuente: europapress.es


19 septiembre 2009



Aprobada la reforma de la Ley de Extranjería.

Zapatero emprende el camino hacia la ‘berlusconización’ de España



Una Ley que nos ha convertido a todos los españoles en ciudadanos menos dignos, en un país menos decente y en sospechosos de “infracción grave” por el simple hecho de prestar ayuda a estas personas.

La aprobación de la reforma de la Ley de Extranjería se ha consumado esta mañana en el Congreso de los Diputados, (el primer trámite de tres que ha de pasar la ley) después de que las enmiendas a la totalidad presentadas por PP, PNV y ERC-IU-ICV fueran rechazadas en la cámara legislativa por 183 votos en contra, 154 a favor y dos abstenciones. Los votos a favor de la reforma han venido de los grupos parlamentarios de PSOE, CiU y COALICION CANARIA.

En su defensa de la reforma de la Ley, el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, hacía un llamamiento al consenso y a aparcar las diferencias partidistas. Sin embargo, las diferencias van mucho más allá de las disputas entre partidos políticos y se sitúan en el ámbito del respeto o no a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de cuya carta fundacional es firmante el Estado español, lo que le compromete a desarrollar todos los mecanismos legales a su alcance para garantizar el cumplimiento de dichos derechos.

En concreto, con esta reforma se incumple todavía más el artículo 6 de dicha Declaración: “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”; así como el artículo 8: “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley”. Esta “personalidad jurídica” era negada hasta ahora a las personas que eran retenidas en los Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE) durante un máximo de 40 días. Este máximo de días se amplia ahora hasta 60, alegando que el anterior plazo máximo era insuficiente para tramitar los expedientes de expulsión. En lugar de agilizar los trámites, dotar de más recursos materiales y humanos a las embajadas y consulados españoles en los países de origen de esas personas, el Gobierno español concluye que la culpa es de la persona que está retenida y por ello se autoconcede la potestad de poder retenerlo durante veinte días más que hasta ahora.

Se niega la “personalidad jurídica” para estas personas porque durante ese tiempo no tienen derecho a una defensa jurídica justa a través de abogados, ni se permite que grupos de defensa de los Derechos Humanos visiten los centros para comprobar las condiciones del internamiento, con lo que todo lo que se produzca en esos centros durante esos días queda al margen de toda legalidad, amparando así la inmunidad para todas aquellas personas que torturen y ejerzan toda clase de abusos contra las personas retenidas, siendo ésta una práctica que atenta claramente contra la Declaración Universal de los Derechos Humanos que el Estado español ha suscrito. Es más: para los casos de solicitud de asilo o de habeas corpus la duración de los internamientos se establece como ilimitada.

Como dice el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, “toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”, y “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”. Sin embargo, no sólo se trata de personas individuales que deciden vivir en otro país, sino que la mayoría de las ocasiones se trata de todo un proyecto familiar que se inicia con alguno de los miembros de la familia para posteriormente conseguir que toda la familia llegue a vivir junta en ese nuevo país. Así lo reconoce también la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 16: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado”...

De lo anterior se deduce que los Estados firmantes de dicha Declaración están obligados a garantizar la protección no sólo de las personas individuales, sino de sus familias, favoreciendo el reagrupamiento y evitando por tanto la separación y división de las familias, lo que conlleva una merma de la calidad de vida de sus miembros. Pues bien, en esta reforma también se endurecen los requisitos para el conocido como “reagrupamiento familiar”. Se exigen cinco años de residencia por parte del miembro reagrupador cuando antes podía iniciarse el reagrupamiento a partir del primer año. Se permite trasladar su residencia al país sólo a los cónyuges, a los hijos menores de edad y a los ascendientes (padres, abuelos…) mayores de 65 años. Entre otros problemas, con dicha reforma se llega al absurdo de que si yo llevo más de cinco años residiendo en este país y quiero que los míos vengan a vivir conmigo, y solicito el reagrupamiento familiar, si mi padre tiene 68 años y mi madre 62 años, sólo permitirían viajar a mi padre y no a mi madre. Con esta medida, en la práctica se separa a una generación de la otra, y además en este caso se separa a la pareja de progenitores. Así, la división de la familia se alarga en el tiempo, con el consiguiente aumento del malestar y la pérdida de calidad de vida para la persona residente en el país que debe hacer frente a las dificultades de la vida sin el apoyo de los suyos que están lejos.

También los elementos sancionadores de la Ley se han endurecido. Las sanciones muy graves pasan de 60.000 euros a 100.000 euros y las de 6.000 euros a 10.000 euros. Hay que señalar que la recaudación por estas sanciones que en teoría son una forma de castigo de la inmigración ilegal, no está ligada a la inversión del dinero recaudado en políticas sociales de ningún tipo ni para las personas residentes en el país ni para los colectivos en peligro de exclusión social en los países de origen. El afán es meramente recaudatorio y va a parar a las arcas del Estado español, en este caso de la Administración central, sin que en ningún momento en la Ley se diga a qué gasto irá destinado el dinero que se recaude en la aplicación de las sanciones.

Lo más llamativo de las sanciones no es sólo el aumento en la cuantía económica de las mismas, sino los casos e los que podrán ser aplicadas, tales como los llamados “matrimonios de conveniencia” que se sancionarán con hasta 100.000 euros, o en el caso de las personas que denuncien ser víctimas de la violencia de género, que serán expulsadas si no llegan a poder demostrar dicho maltrato.

Una vez más, la violencia no es igualmente condenable si la víctima es un “nacional” o si se trata de un “extranjero”. Estamos hablando de que, por Ley, esto es, sí o sí, y al amparo del ordenamiento Constitucional español y del llamado “derecho internacional”, un Policía estará obligado por Ley a abrir automáticamente un expediente de expulsión a la persona que, sin permiso de trabajo o de residencia en vigor, denuncie ser víctima de la violencia de género. Dicha expulsión se llevará a cabo siempre que la persona denunciante no demuestre dicho maltrato con pruebas admitidas por un juez.

Vemos una clara contradicción en el reconocimiento de la “personalidad jurídica” de estas personas. Si son detenidas e internadas en un CIE no tienen derecho a ninguna atención legal, pero si denuncian padecer violencia de género no sólo es que no tengan el derecho, sino que tienen el deber, como cualquier otra “personalidad jurídica” de probar dicho maltrato ante las autoridades pertinentes. No hay que dejar escapar el dato de que un amplio porcentaje de las denunciantes son personas procedentes de otros países. Este porcentaje es más alto en determinados territorios, como en la Región de Murcia, donde en el primer semestre de lo que va de año este colectivo representó el 44,51% de las denuncias presentadas por violencia de género.

Estamos hablando de que en determinados territorios, se va a tratar de entrada dichas denuncias como falsas y se va a proceder a dar inicio al trámite de expulsión de forma automática si la denunciante no logra probar el maltrato antes de su expulsión.

Pero las restricciones de derechos que entran en vigor con la aprobación de esta reforma no se quedan aquí, sino que llegan incluso a ámbitos como el de la educación. Concretamente, se reconoce el acceso a la educación no obligatoria para mayores de 18 años sólo a los residentes en España o a los que sean ciudadanos de otro país de la Unión Europea. Los grandes perjudicados por esta medida de la reforma van a ser los centenares de estudiantes marroquíes de carreras universitarias (mayoritariamente Farmacia y Medicina) que estudian en universidades españolas, y que no todos tienen permiso de residencia en España.

Más allá de este colectivo en concreto, con esta medida se está dando el paso hacia una sociedad cuyos miembros estén divididos en cuanto a cualificación y puesto de trabajo que puedan desempeñar no según sus capacidades y esfuerzos, sino según su país de origen y, en consecuencia, la formación a la que se les permite o no el acceso. Dicho en pocas palabras: garantizamos la escolarización de los menores, pero una vez que están formados en igualdad con el resto de españoles, les negamos el acceso al bachillerato o a la universidad, exigiéndoles no sólo unos conocimientos, sino unos requisitos administrativos (permiso de residencia) que cada vez el Estado español les va a dificultar más y más el que puedan conseguirlos.. En la práctica y a medio y largo plazo, tendremos empleados nacidos en otros países desempeñando trabajados para los que se requiere una baja cualificación, y españoles con titulaciones universitarias desempeñando trabajos de gran prestigio social. De nuevo se llevan a cabo medidas que ahondan en la distinción de los individuos según su origen y no según su capacidad y formación.

Para vestir de decencia esta reforma de la Ley de Extranjería, entre las sanciones también se incluyen las multas a empresarios por emplear a trabajadores sin cumplir las correspondientes normas laborales. Estas sanciones llegarían también hasta los 100.000 euros. Sin embargo nada se dice en la Ley de ampliar las inspecciones laborales, ni de aumentar la protección de los trabajadores que denuncien abusos en sus contrataciones, y que se ven obligados a guardar silencio por el miedo a perder su empleo si denuncian al empresario.

Por suerte, son cada vez más numerosas las voces que se pronuncian en contra de lo que podríamos llamar una “berluconización” de España en lo que a política migratoria se refiere. Así, tenemos el caso de políticos, diputados en parlamentos autonómicos, como Juan Manuel Sánchez Gordillo (IU) en Andalucía, que acoge en su hogar a un joven camerunés. Pues bien, con la reforma de esta Ley, este diputado andaluz, si dicho ciudadano camerunés no tiene en regla su situación administrativa en este país, podrá ser multado con hasta 10.000 euros, criminalizándose así también la solidaridad y la hospitalidad.

También las distintas asociaciones y ongs se siguen movilizando por los derechos de estas personas. Así, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) se ha concentrado esta mañana en Sevilla a las puertas de la subdelegación del Gobierno y ha entregado un escrito que harán llegar al presidente del Congreso de los Diputados con los motivos por los que se oponen a esta reforma.

Asimismo, a nivel estatal, la Red Estatal por los Derechos de los Inmigrantes (REDI), ha mostrado su rechazo a la reforma, denunciando que la misma “lesiona gravemente” los derechos y libertades de la población extranjera y “perjudica” los valores de convivencia de la sociedad española en su conjunto.
Pero estas denuncias no vienen sólo del lado del activismo ciudadano, sino que la más alta institución judicial del país, el gobierno de los jueces, esto es, el Consejo General del Poder Judicial, ya publicó un informe en el pasado mes de abril en el que critica la ampliación hasta 60 días (ampliables en casos extraordinarios) del período de detención en los CIEs, así como solicitaba que se reforzaran las garantías de los menores no acompañados en los procesos de expulsión. En concreto, se mostraba rotundamente en contra del artículo 53 del borrador de la reforma, en el que se considera infractor grave con sanción de hasta 10.000 euros a quien acoja o ayude a un inmigrante en situación irregular.

Zapatero, en su huida hacia adelante en medio de la crisis, emprende nuevamente medidas propias de los gobiernos más claramente “neocons”. Quienes desde las filas del PSOE se apresuraban a lanzar declaraciones de rechazo a las políticas migratorias recientemente aprobadas en Italia, andan ahora despistados mirando para otro lado, sin querer ver la “berlusconización” que Zapatero ha emprendido con esta reforma.

El mismo presidente que realizó la mayor regularización extraordinaria de trabajadores inmigrantes en la historia de nuestro país, es el mismo que unos años después endurece las leyes y recorta los derechos a este colectivo. Se calcula que en la actualidad 1.200..000 personas residen y/o trabajan de forma irregular en el Estado español. Muchos de ellos son trabajadores que al perder su empleo y no encontrar uno nuevo, han perdido con ello el permiso de residencia y se encuentran viviendo entre nosotros al margen de una Ley que en la mañana de hoy nos ha convertido a todos los ciudadanos españoles en ciudadanos menos dignos, en un país menos decente y en sospechosos de “infracción grave” por el simple hecho de prestar ayuda a estas personas.


Fuente: Kaosenlared.net

17 septiembre 2009



VOTO X URUGUAY EN LANZAROTE



La Asoc. de Uruguayos en Lanzarote quiere sumarse al llamado que hace la Comisión por el Voto de los Uruguayos en el Exterior donde se invita a todos los colectivos de uruguayos en las distintas partes del mundo para que el día 19 de septiembre u otro día sea un día de los uruguayos por el voto exterior, estén donde estén, la propuesta es realizar una charla o tertulia sobre la importancia del voto por el SI en el plebiscito del 25 de octubre, filmar o fotografiar este evento para luego compartirlo con otros compatriotas y utilizarlo en la campaña publicitaria.


Por esta razón es que invitamos a toda la colectividad uruguaya en la isla de Lanzarote a participar en una CHARLA – COLOQUIO el próximo día viernes 25 de septiembre, a las 19:30 horas, en el Archivo Municipal de Arrecife, sito en la C/Vargas nº 2, Arrecife. (Junto a la Comisaría de Policía Local)


Para amenizar este evento contaremos con la participación del Cantautor uruguayo HUGO SOSA y una cuerda de tamboriles.

Queremos finalizar esta actividad brindando con un vino malvasía de Lanzarote.

Los esperamos.

Atte. La Junta Directiva.

16 septiembre 2009

REDI solicita el retiro de la reforma de la Ley de Extranjería


Las organizaciones sociales, de inmigrantes, de derechos humanos y de solidaridad internacional, sindicatos y organizaciones de profesionales, integrantes de la RED ESTATAL POR LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES (REDI), para quienes la defensa de los derechos humanos constituye el eje central de la construcción de cualquier sociedad democrática y para quienes la actual crisis es fruto de una globalización neoliberal que atenta contra los derechos y condiciones de vida de los más vulnerables e impone la adopción de políticas económicas y sociales regresivas y represivas contra el conjunto de la población, pero especialmente contra la población migrante, tal y como fuera denunciado por el III Foro Social Mundial de la Migraciones en su Segunda Declaración de Rivas en septiembre del 2008, solicitamos el retiro del Proyecto de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en el Estado español y su integración social.

Motivación

a) La reforma no pretende establecer las bases de una auténtica política de inmigración, si no hacer política con la inmigración en tiempos de crisis estructural del sistema capitalista.

b) El Proyecto articula un esquema de nacionalismo económico propio de la “preferencia nacional” o del español.

c) El Proyecto oculta deliberadamente que las directivas de la Unión Europea no obligan al recorte de derechos, libertades y garantías, ya que el principio de subsidiaridad permite sin problema jurídico alguno la aplicación de la norma nacional más favorable.

d) El Proyecto incide en su marcado carácter policial, reforzando no solo la ordenación de los flujos migratorios desde una óptica propia de los subsistemas policiales, si no consagrando las prácticas discrecionales no regladas y los actos arbitrarios de los agentes del subsistema policial.

e) El Proyecto consagra y refuerza la visión utilitarista de la inmigración, al conectarla con las necesidades de la situación nacional de empleo.

f) El Proyecto olvida que no puede darse una auténtica integración de las personas inmigrantes sin que previamente se articule un sistema jurídico que garantice la plena igualdad en los derechos políticos, sociales, económicos y culturales con la ciudadanía española.

g) El Proyecto olvida que las políticas de integración han de ser contempladas de modo recíproco y que la integración no impone la asimilación.

h) El Proyecto no articula barreras eficaces de carácter jurídico frente al discurso de la xenofobia social, si no que abre plenamente la vía para las estigmatización social de la inmigración irregular, y de este modo el Proyecto viene, en cierto modo, a apuntalar pautas de xenofobia institucional que indirectamente incrementan la xenofobia social, al sostener el discurso de que la inmigración irregular atenta contra la cohesión social, contra la dignidad de las personas y que los irregulares distorsionan y precarizan el mercado de trabajo.

i) El Proyecto olvida una vez más la Convención de la ONU de 1990 sobre los Derechos de los trabajadores inmigrantes y sus familias, no ratificado por España a pesar de ser un tratado de ratificación prioritaria puesto que dicha Convención establece altos estándares de protección de derechos sobre todo en materia de reunificación familiar.

j) El Proyecto olvida que una condición básica de la integración social es la integración política y el acceso a la ciudadanía, por ello el mecanismo de reciprocidad choca de forma inaceptable con el principio de igualdad. Por ello, sin desconocer la literalidad del Art. 13 de la Constitución, lo cierto es que el Proyecto no establece avances reales para la participación política de las personas inmigrantes.

k) El Proyecto en materia de derecho a la educación no obligatoria la restringe a los extranjeros residentes, quebrando así un elemental derecho a la educación que tiene especial proyección y alcance en materia de integración social.

l) El Proyecto hace quebrar el derecho fundamental a la unidad familiar, y ello de modo acusado en relación con el tratamiento jurídico de la reagrupación familiar de ascendientes.

m) El Proyecto trata de dificultar al máximo el acceso a los recursos judiciales ante la jurisdicción contencioso-administrativa, frente a las resoluciones gubernativas que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegaciones de entrada, devolución o expulsión.

n) El Proyecto establece medidas de control policial de las entradas y salidas de los extranjeros no comunitarios, con grave afectación al derecho a la intimidad, ya que el registro policial de entradas y salidas se vendría a configurar como un sistema ordinario de control policial.

o) El Proyecto no establece un auténtico sistema de garantía de las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, ya que supedita la autorización de residencia y trabajo a que los procedimientos penales resulten favorables a la mujer víctima de violencia de género, cuando lo cierto es que un procedimiento penal puede archivarse mediante el sobreseimiento provisional y por lo tanto colocar a la mujer víctima de violencia de genero en una situación de desamparo frente a los expedientes administrativos sancionadores por estancia irregular.

p) El Proyecto no contempla debidamente el interés superior del menor, primando la repatriación a la debida protección.

q) El Proyecto no solo incrementa las medidas represivas en materia infracciones, de sanciones y cuantía y extensión de las mismas, tanto para inmigrantes como para quien les apoye, (hasta el punto de sancionar con multa de 500 a 10.000 euros a quién empadrone a alguien que no esté domiciliado en su vivienda) si no que mantiene el desproporcionado e injusto sistema de sancionar con expulsión la mera estancia irregular o el mero hecho de trabajar sin permiso de trabajo.

r) El Proyecto consagra y refuerza el régimen opaco, arbitrario y policial de los Centros de Internamiento, hasta el punto de que se configuran como centros de peor derecho que los establecimientos penitenciarios.

s) El proyecto aumenta injustificada e innecesariamente la duración del periodo de internamiento a 60 días, sin que exista la más mínima motivación, justificada de que el periodo de 40 días resultase insuficiente a efectos de materializar una expulsión.

t) El Proyecto a pesar de desviar a los jueces la suspensión del cómputo de los plazos de duración máxima del internamiento establece supuestos de suspensión auténticamente represivos por el mero ejercicio de solicita asilo o solicitar un habeas corpus.

u) El Proyecto no establece mecanismos de garantía judicial inmediata de los derechos de los extranjeros internados en centros de internamiento, limitándose a un aclamación retórica de derechos que se vienen a vaciar de contenido mediante la técnica del enunciado vago, genérico, difuso, inconcreto e indeterminado.

v) El Proyecto refuerza la articulación antigarantista de la utilización del procedimiento preferente de expulsión, consagrando en la práctica la indefensión efectiva y real de la persona sometida al procedimiento preferente de expulsión.

x) El Proyecto olvida la situación real de las personas inmigrantes “inexpulsables” a quienes se mantiene un limbo jurídico absoluto perpetuo, y se les objetualiza como seres carentes de derechos, y especialmente el derecho a sobrevivir mediante el trabajo por cuenta propia o ajena.

y) El Proyecto, que constituye la cuarta reforma de la LOEX en 8 años se olvida de establecer las bases para una regularización de los trabajadores “sin papeles” que de modo notorio existen en España en un número elevado desde la última regularización y que ven cerradas las puertas a la regularización dado los estrechos cauces legales y los desproporcionados requisitos exigidos, máxime cuando la Administración está dificultando las regularizaciones por arraigo.

z) El Proyecto lejos de contribuir a eliminar las desigualdades legales en que se encuentra la población y favorecer la igualdad ante la ley, supone un aumento de la discriminación y contribuye a envilecer y degradar a la sociedad en su conjunto.

Por todo lo denunciado:

MANIFESTAMOS nuestro más enérgico rechazo contra una reforma de la Ley de Extranjería que supone una grave regresión en los ya recortados y discriminatorios derechos reconocidos a la población de origen extranjero, profundizando en el carácter represivo de las políticas de inmigración.

CONDENAMOS la utilización de la crisis económica como justificación para aprobar una “ley populista” que no va a resolver los graves problemas económicos y de desempleo y que sólo conseguirá desviar la atención sobre las causas reales y los verdaderos responsables de la crisis, convirtiendo a las personas migrantes en el nuevo chivo expiatorio.

EXIGIMOS la retirada del actual proyecto de reforma de la Ley de Extranjería e instamos al Gobierno y a las Cortes españolas a que reflexionen seriamente sobre el principio de que las leyes están para proteger la convivencia entre las personas y al servicio de ellas, de todas, no para fomentar la desigualdad y el racismo.

14 septiembre 2009



FRENTEAMPLISTAS EN CANARIAS

Convocatoria




Se INVITA a militantes, adherentes y simpatizantes del Encuentro Progresista – Frente Amplio del Uruguay a una Asamblea para conformar el Comité de Base en Canarias del EP – FA, y tratar el siguiente orden del día:

- Informes y presentación de documentación para la creación del Comité.
- Elección de los integrantes de la mesa de la asamblea.
- Elección de integrantes del secretariado.
- Elección del nombre del Comité.
- Pase de un Video.
- Vino de honor.

La misma tendrá lugar este VIERNES 18 DE SEPTIEMBRE, A LAS 19:30 HS. en el Archivo Municipal de Arrecife, sito en la C/Vargas nº 2, Arrecife, (Junto a la Comisaría de Policía Local de Arrecife)


Te esperamos.

Se ruega puntual asistencia.



POR UN PAIS MAS JUSTO Y DEMOCRATICO, URUGUAYOS AL FRENTE.


10 septiembre 2009



Cuerda de tambores en el Ventorrillo de Uruguayos en Lanzarote, San Ginés 2009



03 septiembre 2009


Los Comunistas Uruguayos hacia el 2º gobierno del Frente Amplio

Charla – Debate






Baja el desempleo en Uruguay


La desocupación se redujo de 7,5% en junio a 6,9% en julio, lo que implica que en Uruguay hay unos 109.000 desempleados, informó el jueves el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Respecto a julio de 2008, la baja es de 0,7 puntos porcentuales.

La caída se debió a una mayor demanda de trabajadores por parte de las empresas, según los datos oficiales.

El INE destacó que el desempleo volvió a registrar un descenso en julio, llegando a su menor nivel en este año y acumulando tres mediciones consecutivas a la baja.

Agregó que, de esta forma, la tasa de desocupación se ubicó a niveles similares a los de diciembre, antes de que el mercado laboral recibiera el mayor impacto de la crisis internacional.

Las mejores condiciones del mercado laboral se observaron en todo el país. En la capital, la tasa de desempleo cayó de 7,7% en junio a 6,6% en julio, mientras que en el resto del territorio, la desocupación pasó de 7,3% a 7,2% en el mismo lapso.

Uruguay tiene 3,3 millones de habitantes, de los cuales alrededor de 1,2 millones forman parte de la población económicamente activa.

El nivel más alto de desempleo se registró en noviembre de 2002, con 19,8%, producto de las secuelas de la peor crisis económica y financiera del país.

Fuente: es.noticias.yahoo.com

01 septiembre 2009


FRENTEAMPLISTAS EN
CANARIAS


CONVOCATORIA




Somos diversos militantes y adherentes al Encuentro Progresista – Frente Amplio que estamos radicados en Canarias desde hace algunos años. La vinculación con nuestro país y su realidad socio-política hace que nos movilicemos para seguir profundizando el cambio en Uruguay de cara a los próximos años, posibilitando un nuevo periodo de gobierno del Frente Amplio 2010-2015.

La importancia de la militancia de quienes nos encontramos en el exterior nos ha motivado para hacer esta convocatoria y conformar un Comité de Base del FA en Canarias.

Por ello invitamos a todos los simpatizantes, adherentes y militantes frenteamplistas de Lanzarote a una reunión el próximo día viernes 04 de septiembre de 2009, a las 20:00 horas, en el salón de reuniones de la Sociedad Democracia, sito en la Av. Rafael González Negrin nº 19, Arrecife.

Te esperamos.


POR UN PAIS MAS JUSTO, URUGUAYOS AL FRENTE.





Un párroco evita la expulsión de un inmigrante


El TSJC ratifica el arraigo social y económico de un guineano muy conocido entre los vecinos y grupos cristianos de las comunidades de Arrecife y Titerroy


ARÁNZAZU FERNÁNDEZ.
La participación de un joven guineano en las actividades litúrgicas de la parroquia de San José Obrero, del barrio de Titerroy, y su pertenencia al Grupo de Renovación Carismática Católica Nuestra Señora de los Volcanes, en la comunidad religiosa de San Ginés, ambas en Arrecife, han evitado su expulsión del territorio nacional, a pesar de que se encontraba en situación irregular en la Isla y de que, supuestamente, portaba documentación que se no correspondía con su identidad cuando fue interceptado por la policía el 22 de marzo de 2007 en Arrecife.

Su dominio del castellano, su relación activa con otros extranjeros, la realización de pequeños trabajos para los vecinos -que le permiten su subsistencia- y los lazos familiares que mantiene en la capital, así como su estancia en "una vivienda en condiciones dignas", son otros de los motivos que han justificado la situación de arraigo social y económico del muchacho, que sigue viviendo en Lanzarote.

El chico, de unos 30 años, muy querido en su barriada y por los miembros de los grupos parroquiales con los que colabora, prefiere mantenerse en el anonimato, al igual que el párroco que, con su testimonio, junto a otros testigos, acreditó ante la Justicia la buena acogida del protagonista de esta historia.

La Subdelegación del Gobierno de Las Palmas sancionó el 27 de abril de 2007 al joven, un mes después de ser localizado por efectivos policiales, con la expulsión del país. Sin embargo, el represente legal del subsahariano recurrió dicha resolución ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Las Palmas de Gran Canaria, que en su sentencia del 11 de junio de 2008 falló dejar sin efecto la decisión de la Administración y en su lugar le impuso una multa de 302 euros por su estancia ilegal en España. Había pedido permiso de residencia temporal por "circunstancias excepcionales", que le fue denegado el 27 de abril de 2006.

Tanto el Juzgado como el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, éste último en un fallo del pasado 5 de junio, consideraron acreditada la integración del guineano en Lanzarote.


Fuente: laprovincia.es