20 noviembre 2008

ANTES QUE MIGRANTES SON NIÑOS Y NIÑAS


20 noviembre 2008 –

El 20 de noviembre es el Día Universal del Niño/a, producto de los esfuerzos de la comunidad internacional primero por crear la Declaración de los Derechos del Niño en 1959 y más tarde la Convención de los Derechos del Niño en 1989.
Este día es importante recordar que existe una parte de la niñez en riesgo, como es la niñez migrante no acompañada, que ante las diferentes y contradictorias visiones de los derechos reconocidos y la forma en cómo se aplican, se recuerda al Estado Español las obligaciones que tiene pendientes en esta materia, basta con citar las últimas recomendaciones por el Comité de los Derechos del Niño a España, donde concretamente a este colectivo se posiciona en los siguientes puntos:


La plena integración de los principios generales de la Convención en la legislación, decisiones administrativas y judiciales, así como en las políticas y programas relativos a los niños a nivel nacional y local. En específico el de no discriminación, el interés superior del niño, el derecho a la vida y supervivencia y su desarrollo.

El principio de No discriminación llegue a sectores de la niñez tradicionalmente discriminados como la niñez de origen romaní, los hijos de migrantes, independientemente del estatus migratorio que posean, en especial los niños migrantes no acompañados.


Existe una responsabilidad en la tutela que ejercen las distintas comunidades, que se extiende al personal que trabaja con ellos en los centros donde se encuentran viviendo, deben de ser calificados y sensibles a las problemáticas a las que se enfrentan estos adolescentes. Estos centros deben contar con las condiciones adecuadas para permitir su libre desarrollo. Asimismo recordamos que la obligación de regularizar su situación migratoria debe de realizarse dentro de los nueve meses a su llegada a España y no esperar a que cumplan la mayoría de edad para desligarse de sus obligaciones. El brindar apoyo a los países de origen para la construcción de centros donde se les ingrese una vez que son deportados, no es una medida de cooperación internacional, sino una complicidad ante la negación y reconocimiento de sus derechos en este país.


El ejercicio de sus derechos no debe condicionarse a si son migrantes o no, antes que etiquetarlos por su origen deben garantizarse sus derechos con plenitud, recordando que al estar no acompañados la responsabilidad es del Estado que los acoge.
Desde la Federación de Asociaciones de SOS Racismo, recordamos que el reconocimiento de los derechos de la niñez va más allá de una visión asistencialista y limitada, debe avanzar en la protección y garantía de sus derechos en forma integral.
Antes que migrantes son niños, permitiendo su participación en los procesos en los que se encuentran implicados, sin reduccionismos de principios como el interés superior del niño en acciones que evidencian el racismo institucional, vulnerando más sus derechos al deportarlos a sus países de origen donde se pone en riesgo su supervivencia y desarrollo.




LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ MIGRANTE SON DERECHOS HUMANOS



Federación de Asociaciones de SOS RACISMO del Estado Español 19 de noviembre, 2008

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