10 febrero 2008

12 MEDIDAS URGENTES POR LA DIGNIDAD DE LAS/LOS MIGRANTES

“Tenemos derecho a tener derechos”

Algunos ciudadanos se encuentran sometidos a una serie de normas legales diferentes a las del resto de personas por razón de su origen. La Ley de Extranjería, desde su primera versión de 1.985 ha establecido requisitos cada vez más difíciles, alejados de la realidad social y en ocasiones imposibles de cumplir a quien pretenda establecerse legalmente en España. Además, se han multiplicado los controles de documentación arbitrarios, las detenciones discriminatorias, el internamiento y las expulsiones en condiciones que vulneran los tratados Internacionales suscritos por España en materia de asilo y Derechos Humanos.

Mientras las condiciones de vida de los ciudadanos migrantes son cada vez más difíciles, las administraciones siguen primando la inversión en políticas de control frente al gasto social. Los últimos cambios legislativos han ido dirigidos a evitar la entrada, dificultar la permanencia y facilitar la expulsión de las personas migrantes que se encuentran en España, en vez de destinar recursos a la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos, migrantes o no, cada vez más precarias.

Junto a ello, proliferan los discursos que tratan la inmigración y a los inmigrantes como “un problema”. Se trata al inmigrante como enemigo peligroso, delincuente, probable terrorista, invasor… y de esta forma se fomenta en el conjunto de la ciudadanía el miedo y la sensación inseguridad, con el objetivo de asegurarse una población dócil y sumisa, a disposición de trabajar en peores condiciones que la población autóctona.

El racismo institucional fomenta racismo social y produce la marginación de la población migrante en el plano legal, laboral, social, educativo, de vivienda, etc., permitiendo y aumentando la explotación laboral.

En este sentido, el Estado Español no es una excepción dentro de Europa. Las políticas migratorias de la UE, a la vez que se centran en la lucha contra la inmigración “ilegal”, tratan de promocionar las migraciones regulares y temporales, subordinadas a las necesidades del mercado de trabajo europeo, demostrando una concepción puramente utilitarista e instrumental de la inmigración. No se tienen en cuenta las profundas desigualdades económicas, injusticias sociales, hambrunas y guerras, origen de los actuales procesos migratorios. Y de esta forma se niega a millones de personas el derecho humano elemental de buscar una vida digna independientemente de su lugar de nacimiento.

Esta política degrada y envilece al conjunto de la sociedad. Por ello desde la convicción racional y ética de la igualdad de las personas y la universalidad de los derechos, las organizaciones y personas que suscribimos este escrito afirmamos el DERECHO A TENER DERECHOS de las personas migrantes. Con este objetivo y mientras seguimos trabajando para la necesaria derogación de la actual Ley de Extranjería, exigimos al próximo GOBIERNO DE ESPAÑA la adopción de las siguientes
12 Medidas Urgentes por la Dignidad de los/las migrantes:


A) REGULARIZACIÓN INMEDIATA Y GARANTÍAS A LA RESIDENCIA Y VIDA FAMILIAR

1.- Nuevo proceso de regularización no condicionado al contrato de trabajo
Apertura de un proceso de regularización que garantice el permiso de residencia y trabajo para todas las personas migrantes "sin papeles" que habitan en el territorio español, sin condicionarlo a la exigencia de un contrato de trabajo previo, a fin de terminar con la explotación laboral y la corrupción que conlleva dicha exigencia.

2.- Adaptación a la realidad de los requisitos para acogerse al arraigo social:
- reducción a un año el tiempo de estancia exigido
- que el hecho de tener una orden de expulsión por causas administrativas no sea un impedimento para obtener el arraigo
- no subordinación de su concesión a la posesión de un contrato de trabajo
- eliminación de los requisitos de imposible cumplimiento (como, por ejemplo, el certificado de penales de nacionales de países sin embajada en España) o que signifiquen discriminación o un trato degradante para el inmigrante (como determinadas pruebas médicas).
- facilitar de la regularización de personas con hijos nacidos en España.

3.- Flexibilización de los requisitos para acogerse al arraigo laboral
Otorgamiento del arraigo laboral a toda persona que por cualquier medio de prueba válido en derecho acredite existencia de una o varias relaciones laborales que sumen un periodo igual o superior a seis meses.

4.-Flexibilización de los requisitos para la tramitación de la reagrupación familiar adaptándolas a la realidad del mercado laboral y de vivienda de España y garantizando ante todo el derecho fundamental de vivir en familia, así como el derecho a trabajar de los familiares reagrupados.

5.- Garantía de los derechos laborales y de vida familiar de los trabajadores temporeros contratados en origen. Establecer una política de contratación estable que garantice la igualdad de derechos, la reagrupación familiar y la posibilidad de residencia estable en Europa. Creación de comisiones independientes de investigación y control del cumplimiento de los derechos laborales hasta que esto suceda.

6.- Aumento significativo de los recursos para garantizar el acceso a la información y para dar una respuesta ágil y eficaz a los trámites administrativos que afectan a los inmigrantes (arraigo, renovación, homologación de títulos, etc.), así como garantizar una asistencia real y efectiva de los letrados del turno de oficio cuando así corresponda.


B) CESE DE LOS ABUSOS POLICIALES Y LA DISCRIMINACIÓN

7.- Cierre de los Centros de Internamiento para Extranjeros. Creación de comisiones independientes de investigación y seguimiento (formada por organizaciones en defensa de los Derechos Humanos) hasta su cierre definitivo.

8.- Derogación del Protocolo de actuación aprobado en Septiembre de 2.007 para las repatriaciones y el traslado de detenidos por vía aérea y/o marítima.

9.- Orden inmediata de paralizar toda actuación arbitraria en relación a los controles de documentación, las detenciones, el secuestro de pasaportes y las expulsiones que sufre la población inmigrante, especialmente en el caso de los menores de edad.
Asimismo, prohibición de iniciar expedientes de expulsión a quien denuncie irregularidades laborales, abusos policiales o agresiones xenófobas, así como a las víctimas de la violencia de género o a quien sufra cualquier tipo de violación de sus derechos fundamentales.

10.- Retirada definitiva de la Proposición de Ley Orgánica de Medidas para la Lucha Contra la Inmigración Clandestina.


C) IGUALDAD PLENA DE DERECHOS

11.- Cumplimiento inmediato y efectivo de los acuerdos internacionales suscritos por España es materia de asilo y derecho de los trabajadores inmigrantes y firma de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

12.- Garantizar el derecho de sufragio activo y pasivo para las personas inmigrantes, así como el ejercicio de los derechos laborales, sociales, civiles y culturales en régimen de igualdad con los ciudadanos autóctonos.

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