La extranjería no es sólo asunto de extranjeros
Margarita Palos Nadal, Abogado, colegiado 1242 del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares
Colaboración para Uruguayos en Lanzarote
Cuando escribimos estas líneas no podemos sustraernos a que muchos de nosotros durante este mes o el siguiente va a tener unos días de vacaciones. Otros trabajaran más que nunca ya que estamos en la temporada turística por excelencia. A unos y a otros mis mejores deseos de que disfruten de unos días de paz y sosiego que tanta falta nos hacen.
Podemos decir que el curso ha sido duro y llegamos a agosto un poco exhaustos aunque ilusionados, nuestro optimismo patológico nos hace creer que las cosas poco a poco mejoran, a pesar de las últimas normas elaboradas por el ejecutivo en materia de extranjería.
Ya saben que la extranjería no es sólo asunto de extranjeros, tenemos niños ESPAÑOLES y papás sin papeles ( ya hemos hablado de ellos en ocasiones ), tenemos ESPAÑOLES mayores de edad con padres y madres sin papeles, tenemos esposos y esposas de ESPAÑOLES sin papeles ( el matrimonio por sí solo ya no legaliza la situación del cónyuge nacional de tercer país ). Tenemos nietos de ESPAÑOLES, aquí y allá, esperando la nacionalidad española. Tenemos ESPAÑOLES cuyas familias no cobrarán los 2.500 euros por nacimiento puesto que sus padres son irregulares. Nunca había hablado tanto de extranjería con españoles afectados. ¿ Es curiosa esta situación verdad?. Incluso por ser agosto nos podemos permitir contarlo con cierto humor sino fuera porque es un asunto muy serio.
Ya saben que la extranjería no es sólo asunto de extranjeros, tenemos niños ESPAÑOLES y papás sin papeles ( ya hemos hablado de ellos en ocasiones ), tenemos ESPAÑOLES mayores de edad con padres y madres sin papeles, tenemos esposos y esposas de ESPAÑOLES sin papeles ( el matrimonio por sí solo ya no legaliza la situación del cónyuge nacional de tercer país ). Tenemos nietos de ESPAÑOLES, aquí y allá, esperando la nacionalidad española. Tenemos ESPAÑOLES cuyas familias no cobrarán los 2.500 euros por nacimiento puesto que sus padres son irregulares. Nunca había hablado tanto de extranjería con españoles afectados. ¿ Es curiosa esta situación verdad?. Incluso por ser agosto nos podemos permitir contarlo con cierto humor sino fuera porque es un asunto muy serio.
Muchas son las cosas que nos preocupan. En primer lugar les explico ahora una que no alcanzo a entender y que tiene su origen en la nueva normativa para los ciudadanos de la Unión y sus familias. Se lo cuento con un ejemplo: Carla tiene sesenta años es argentina y tiene una hija en España casada con un ciudadano alemán que vive en España. Ha venido a España ha solicitado una tarjeta de familiar de residente de la Unión y se la han dado. Rosa tiene la misma edad, es colombiana y ascendientes de ESPAÑOLES, viene a España porque aquí viven todos sus hijos que como hemos dicho son ESPAÑOLES, solicita tarjeta de familiar de la Unión y no se la dan, porque según la normativa su hija ESPAÑOLA, tiene que REAGRUPARLA, en las mismas condiciones que cualquier extranjeros residente en España hace con sus ascendientes!!!!!. Además Rosa tendrá que salir de España para entrar de nuevo con un visado de reagrupación familiar para documentarse en régimen general!!!!, siendo madre de ESPAÑOLES!!. Es decir mi amiga ESPAÑOLA, tiene que explicarle a la Administración: Porqué es necesario que su madre viva en España, mostrar sus ingresos, demostrar que tiene una vivienda digna ( pasar con éxito la inspección del Ayuntamiento o realizar un acta notarial de su vivienda ), acreditar que ha mantenido a su madre en el último año. Y mi amiga con razón se pregunta ¿es que no le basta a un ESPAÑOL, querer vivir con su padre o su madre?. Lo mejor es lo que me dijo mi madre una tarde que me aguanto el rollo: “ pues aquí hay hijos que no pasarían el examen “. Nos reímos. Primera conclusión: Las normas sobre extranjería también afectan a los españoles y el gobierno ha conseguido crear un grupo de ESPAÑOLES discriminados del resto en función de la nacionalidad de sus padres. Todos saben que esto es una barbaridad pero nadie mueve ficha. Que quieren que les diga, que no entiendo nada. Tal vez preocupa a nuestros gobernantes que todas aquellas personas que acceden a la nacionalidad española reagrupen rápidamente a sus padres y eso tenga un evidente impacto en nuestro país. Recordemos sin embargo que una vez adquirida la nacionalidad española, todos los ESPAÑOLES SON IGUALES ANTE LA LEY, por tanto este tortuoso camino para vivir con nuestros padres y abuelos es de difícil comprensión.
El gobierno español ha implantado un régimen ( de mayor rigor jurídico para los ascendientes de españoles que para los ascendientes de otros países de la Unión, cuyos hijos residan en España ) que obliga al nacional de un país tercero ( ascendiente de español ) a someterse a un procedimiento de inmigración ( salir de España y solicitar visado de reagrupación familiar ) a fin de obtener un permiso de residencia en régimen general de extranjería ( con sometimiento a la LO 4/2000 y su Reglamento ) cuya expedición se basa esencialmente en la acreditación de su vínculo familiar con un nacional comunitario o español
El CONSEJO DE ESTADO, en su informe al Proyecto de modificación del RD 178/2003 manifestó que : “Esta DIFERENCIA DE RÉGIMEN JURÍDICO, de mayor rigor para los ciudadanos españoles, implica una situación menos favorable para estos respecto de los comunitarios y nacionales de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el EEE que CARECE DE JUSTICACIÓN. “ Es evidente que no escucharon el criterio del CONSEJO DE ESTADO.
Dejamos a los papás de ESPAÑOLES para dedicar una líneas a los cónyuges de ESPAÑOLES. El que se casa con ESPAÑOL tiene que salir y volver a entrar o salir y tramitar un visado dependiendo de su país de origen ( la documentación ha de solicitarse en los tres primeros meses a partir de la entrada en España ). Luego que nadie diga que no viajamos. Porque desde luego esta normativa está hecha para TROTAMUNDOS VIAJEROS EMPEDERNIDOS. Supongo que las compañías aéreas estarán encantadas con los viajes de luna de miel en busca de visado.
Y vamos con los peques. Y que pasa con los chiquitines que nazcan ( de momento desde el tres de julio ) y sus papas sean irregulares ¿cobrarán o no los 2.500 euros prometidos por el Ejecutivo ?. La normativa dice que no ( exige que los padres sean residentes ) pero desde aquí les digo que tramiten la solicitud en base a que su hijo es ESPAÑOL y CONVIVEN con él y le mantienen, no duden en hacerlo. Acabaremos en los Juzgados sin lugar a duda, es interesante recorrer el camino. Si lo desean pueden solicitar para sus reclamaciones judiciales Justicia Gratuita y les será asignado un Letrado del Turno de Oficio en el Colegio de Abogados.
Y para terminar diez líneas para los nietos de ESPAÑOLES. Decepcionante la modificación del Código Civil. Resulta que los nietos a partir de la entrada en vigor de la Ley tendrán que esperar UN AÑO para solicitar la nacionalidad española en los términos establecidos. Es curioso también que el resto de la normativa esté previsto que entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y sin embargo la modificación del régimen jurídico de la nacionalidad en el CÓDIGO CIVIL PARA LOS NIETOS DE ESPAÑOLES AL AÑO DE SU PUBLICACIÓN y atención tal como dice el proyecto a CORRER QUE SÓLO TENDRÁN DOS AÑOS para ejercitar los derechos que la modificación conlleva. Y a pesar de todo, FELIZ AGOSTO!!!!.
Gracias Margarita Palos por esta importante colaboración.
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